El Órgano de Dirección del CONEAU esta conformado por un Directorio de carácter interdisciplinario.
Integran el Consejo Directivo el Dr. José María Viaña Pérez, quien la preside; así como el Dr. Jaime Zarate Aguilar; el Lic. Jonathan Golergant Nieto; Dr. Juan Bautista Gómez; y el Dr. Segundo Amador Vargas Guerra.
Son objetivos del Directorio:
- Promover el desarrollo de procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad de la educación superior universitaria.
- Contribuir a alcanzar niveles óptimos de calidad en los procesos, servicios y resultados de la educación superior universitaria.
- Garantizar la calidad del servicio educativo universitario. (Art. 57°)
Para el cumplimiento de sus fines el CONEAU cuenta con dos Órganos de Línea:
- Direcciòn de Evaluaciòn y Acreditaciòn : a cargo del Dr. Milber Ureña Peralta
- Direcciòn de Evaluaciòn y Certificaciòn : a cargo del Dr. Victor Carrasco Cortez
Son funciones del Directorio del CONEAU (Reglamento de la Ley 28740 - SINEACE- Decreto Supremo N° 018-2007-ED, del 9 de julio 2007).
a). Aprobar las normas que regulan la autorización y funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditación y de las entidades certificadoras.
b). Definir los estándares e indicadores de evaluación para el proceso de acreditación de las instituciones y programas de educación superior universitaria.
c). Aprobar los estándares y criterios de certificación de competencias profesionales, elaborados en concordancia con la ANR y los colegios profesionales correspondientes.
d). Promover la evaluación de las instituciones de educación superior universitaria y de sus filiales a cargo de entidades evaluadoras autorizadas y registradas por el CONEAU.
e). Publicar los resultados de las acciones de evaluación y acreditación.
f). Supervisar las actividades de las entidades evaluadoras y certificadoras y proponer sanciones en caso de infracción.
g). Autorizar y registrar a las entidades evaliadoras con fines de acreditación y a las certificadoras. (Art. 58°)
a). Aprobar las normas que regulan la autorización y funcionamiento de las entidades evaluadoras con fines de acreditación y de las entidades certificadoras.
b). Definir los estándares e indicadores de evaluación para el proceso de acreditación de las instituciones y programas de educación superior universitaria.
c). Aprobar los estándares y criterios de certificación de competencias profesionales, elaborados en concordancia con la ANR y los colegios profesionales correspondientes.
d). Promover la evaluación de las instituciones de educación superior universitaria y de sus filiales a cargo de entidades evaluadoras autorizadas y registradas por el CONEAU.
e). Publicar los resultados de las acciones de evaluación y acreditación.
f). Supervisar las actividades de las entidades evaluadoras y certificadoras y proponer sanciones en caso de infracción.
g). Autorizar y registrar a las entidades evaliadoras con fines de acreditación y a las certificadoras. (Art. 58°)
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