domingo, 24 de enero de 2010

REGISTRO DE ENTIDADES ESPECIALIZADAS CON FINES DE ACREDITACIÓN

la Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, 28740 en el art. 20 señala que: cada órgano Operador abrirá y llevará un registro que comprende a las Entidades Especializadas de Evaluación con fines de Acreditación.

La inscripción en el citado registro es obligatoria y constituye requisito indispensable para que las Entidades ejerzan sus actividades.

El Organo Operador del CONEAU, ha establecido los mecanismos para que estas Entidades Evaluadoras con fines de Acreditación puedan funcionar como tales en el Perú. Desde el 18 de setiembre 2009, que se publicó en el diario oficial El Peruano "La Guía de Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Evaluadoras con fines de Acreditación" las entidades nacionales e internacionales cuentan con los mecanismos legales para el otorgamiento de la autorización.

Cuando las entidades nacionales o internacionales lo soliciten, cada Organo Operador registrará a las entidades evaluadoras con fines de acreditación que haya autorizado, que cumplan con los requisitos por cierto.

Dicho registro es publicado por el órgano superior del SINEACE.

Tal como lo establece el Reglamento (D.S. N° 018-2007-ED) de la Ley (art.17.3) a solicitud de las instituciones y programas educativos, los órganos operadores podrán reconocer procesos de acreditación realizados por agencias acreditadoras del extranjero, cuyas funciones sean compatibles con la naturaleza del SINEACE y tengan reconocimiento oficial en sus respectivos países o por el organismos internacional a que pertenece.

La Guía que se alude en párrafos anteriores cuenta con 4 Anexos:

1. Anexo 1: Modelo de Solicitud

2. Anexo 2: Requisitos que deben reunir los profesionales para acceder a la capacitación del CONEAU.

3. Anexo 3: Modelo de Calidad para la renovación de autorización de Entidades Evaluadoras.

I. Gestión de la entidad
II. Evaluación externa
III. Servicios de apoyo

4. Anexo IV: Ficha de registro

5. Anexo V: Diagrama de flujo para la autorización y registro

6. Anexo VI: Diagrama de flujo para la Supervisión y renovación de autorización

Nota.- Al lado derecho, en la sección gadget se encuentra la norma que aludimos para que los interesados lo puedan bajar.
o en el siguiente link:

http://www.slideshare.net/jesusce21/guia-2593929

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